Juan Dalmau no descarta que caso judicial por descalificación de aspirantes del MVC llegue al Tribunal Supremo

El Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), al que pertenece Dalmau, y el Movimiento Victoria Ciudadana (MVC), se asociaron en la llamada “Alianza” rumbo a las elecciones generales del 5 de noviembre próximo con la meta de acabar con el predominio de candidatos de partidos de mayoría como el Popular Democrático (PPD) y el Nuevo Progresista (PNP)

Juan Dalmau

Foto de archivo en la que se ve al independentista Juan Dalmau (al frente a la izquierda) en una sesión del Capitolio cuando era senador. Crédito: Dennis M. Rivera Pichardo | AP

Nueva York – Juan Dalmau, el candidato a la gobernación bajo la insignia del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), insistió en el argumento de que los candidatos del Movimiento Victoria Ciudadana (MVC) descertificados por un tribunal en la isla no tenían que cumplir con el requisito de endosos como alega la demanda presentada por miembros del Partido Popular Democrático (PPD).

Dalmau indicó en entrevista con El Diario que la descalificación de cinco miembros de MVC es una “artimaña jurídica” y una muestra más de los efectos del bipartidismo en el territorio.

“El argumento legal en contra de la descertificación del tribunal promovida por el bipartidismo popular (Partido Popular Democrático / PPD) y penepé (Partido Nuevo Progresista / PNP) es que los candidatos y candidatas que fueron descertificados son personas que cumplieron con la Constitución y con la ley electoral en Puerto Rico, y que el bipartidismo que ha gobernado y nos llevó a la quiebra, a la pobreza y a la marginación promovieron mediante artimaña jurídica el que se desertificaran personas que tienen la viabilidad para ser candidatos y candidatas. Debe estar en manos de los electores en P.R. tener la opción si votan por ellos o no; pero recurrir a los tribunales para sacar a personas de la papeleta electoral no tiene precedente en la historia de P.R., y es un acto antidemocrático y cobarde”, planteó el político a preguntas de este rotativo.

El PIP y MVC se asociaron en la llamada “Alianza” rumbo a las elecciones generales del 5 de noviembre próximo con la meta de acabar con el predominio de candidatos de partidos de mayoría como el PPD y el Nuevo Progresista (PNP) en la política puertorriqueña.

En marzo pasado, el juez del Tribunal de Primera Instancia de San Juan, Anthony Cuevas Ramos, falló a favor de los líderes del PPD que presentaron el recurso para sacar de carrera a los candidatos de la colectividad emergente. El MVC presentó una apelación a la decisión que será evaluada por un tribunal el próximo 24 de abril.

Los candidatos descalificados fueron la senadora y aspirante a comisionada residente en Washington, Ana Irma Rivera Lassen; el aspirante al Senado por acumulación, Alejandro Santiago Calderón; y el aspirante a la reelección al Senado por acumulación, Rafael Bernabe Riefkohl.

También quedaron inhabilitados la representante por acumulación Mariana Nogales Molinelli, quien aspira a la reelección; y la aspirante a ese cuerpo legislativo también por acumulación, Gladys Myrna Conty Hernández.

En el caso de Proyecto Dignidad, el otro partido emergente demandado, el juez descalificó a tres aspirantes a representante por el Distrito 38: Anthony Sánchez Aponte, Stephen Gil Alamo y Wilfredo Pérez Torres.

Recogido de endosos no aplican a partidos que se acogen a métodos alternos

Dalmau argumentó que los candidatos descertificados no tenían que recoger endosos, ya que el MVC se acogió a un método alterno de selección de candidatos.

Los endosos aplican a las primarias de ley cuando el gobierno invierte dinero y lo que es la movilización de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), que es un acto de Estado, de Gobierno. Los métodos alternos son métodos internos de los partidos políticos que constitucionalmente tienen el derecho a la libertad de asociación, y establecer los mecanismos alternos que no son financiados con fondos públicos, y hay una opción para seleccionar a los candidatos que los van a representar en la papeleta en el ejercicio de esa libertad de asociación”, planteó el político.

Así que el juez erró, ese es el argumento que se está planteando ante el tribunal apelativo, incluso en violaciones a disposiciones de libertad de asociación de la Constitución de EE.UU.”, añadió.

Lo que determinó el juez Anthony Cuevas Ramos

En su decisión, Cuevas Ramos estableció lo contrario.

“La sección 3.1 es sumamente clara en cuanto a que, para ser eximido de la presentación de peticiones de endoso, el método alterno se tuvo que haber llevado a cabo anterior al 30 de diciembre de 2023 y se debió cumplir con la radicación de la persona como candidato único. Esto es constante con el texto del Código Electoral del 2020”, lee la sentencia de Cuevas Ramos.

El MVC escogió a sus candidatos el 16 de marzo en una asamblea en Morovis.

“Aunque estamos de acuerdo con que los métodos alternos de selección de candidatos son internos y los partidos son los que determinan cómo se van a llevar a cabo estos procedimientos, tales procesos no surgen en un vacío y deben cumplir con lo requerido por la ley y los reglamentos”, argumentó el juez.

Sobre el Reglamento de Primarias y Métodos Alternos, mencionó la sección 1.3 para reforzar su argumento de que aplica a todo proceso relacionado con la celebración de primarias o métodos alternos de nominación para los cargos públicos electivos.

Por lo tanto, debemos concluir que los querellados son aspirantes, según establecido por el Código Electoral y ambos reglamentos, y que, por lo tanto, debieron haber presentado las peticiones de endosos requeridas para los puestos que estos interesaban aspirar. Resolver de otra forma sería contrario a las disposiciones del Código Electoral. Aunque este tribunal entiende que las contiendas políticas se deben resolver en las urnas, el Código Electoral no permite otra cosa que no sea lo que hemos ya expresado en nuestro análisis”, insistió el jurista sobre el fallo.

Dalmau no estuvo de acuerdo con el argumento del juez de que los aspirantes incumplieron con el plazo establecido del 30 de diciembre.

“En términos de lo que jurídicamente nosotros planteamos es que, después que termine el proceso de radicación de candidaturas, donde hay competencia, se activa entonces el método alterno como ocurre también con las primarias. Las primarias no ocurren antes de que termine la radicación de candidaturas. Las primarias de ley se realizan después donde hay competencia para posiciones electivas. El movimiento Victoria Ciudadana actuó correctamente en ley, tanto así que la propia CEE les había notificado por escrito que no tenían que recoger endosos para candidatos porque se habían acogido al método alterno”, expuso.

“Entonces, ¿cuál es la alianza del juez?”, cuestionó El Diario. “¿Quién estaría entonces presionando al juez?”, insistimos.

“Los jueces son nombrados por los gobernantes y aprobados por los Senados que han sido representados mayoritariamente por el PPD y el PNP”, contestó.

En ese sentido, Dalmau no descartó que el pleito pueda llegar al Tribunal Supremo de Puerto Rico o incluso al foro federal.

“Eso serán determinaciones que tendrá que tomar Victoria Ciudadana y sus candidatos”, señaló.

Dalmau tampoco le restó peso a la posibilidad de que, en caso de que MVC no prevalezca por la vía judicial, aspirantes como Rivera Lassen aspiren bajo la insignia del PIP.

“Hay múltiples opciones en la vía política. Una podría ser que Ana Irma aspire entonces bajo la insignia del PIP, y nosotros crear una vacante en la posición de comisionado residente, o también ella podría determinar junto a Victoria Ciudadana aspirar por nominación directa”, mencionó.

“En ambos casos, tendría el apoyo del Partido Independentista”, aseguró el líder político.

Dalmau consideró que, lejos de desalentar a los electores a optar por candidatos de la Alianza, el reto judicial que enfrenta el MVC refuerza la necesidad de un cambio en la política en la isla.

Las personas en P.R. están entre la indignación y el coraje porque los puertorriqueños no toleran el abuso; y aquí estamos hablando de una gestión que ha hecho el PPD y el PNP para negarle al elector, no a Victoria Ciudadana ni al PIP, al elector, la opción de tener personas en la papeleta…y ese tipo de acción antidemocrática lo que hace es que indigna más al país y lo moviliza sobre la urgente necesidad de superar ese bipartidismo corrupto y antidemocrático”, puntualizó.

Audiencia en el Apelativo será el 24 de abril

El Tribunal de Apelaciones de Puerto Rico movió para el 24 de abril una audiencia oral relacionada con la apelación presentada por MVC.

La resolución emitida el 11 de abril señala que el cambio de fecha responde a que el tribunal le concedió a la Comisión Estatal de Elecciones (CEE) hasta el 18 de abril para que presente su escrito como “amigo del tribunal”.

El Diario ha contactado tanto a Manuel Natal como al equipo de prensa de MVC para entrevista sobre este y otros temas, pero no han sido colaboradores con las solicitudes de este periódico.

Sigue leyendo:

Entrevista: Juan Dalmau del PIP asegura que “Alianza” con Victoria Ciudadana (MVC) en Puerto Rico viene a “limpiar la casa”

Puerto Rico: Victoria Ciudadana (MVC) convoca a movilización hasta la CEE tras descalificación de aspirantes

Juan Dalmau en diálogo con la diáspora: el tema de la descolonización de Puerto Rico es prioridad

En esta nota

Comisión Estatal de Elecciones Elecciones 2024 Puerto Rico
Contenido Patrocinado
Enlaces patrocinados por Outbrain